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lunes, 15 de mayo de 2017

VENCE EL PLAZO PARA NO INGRESAR A LA CARRERA DOCENTE

"Atención profesores y profesoras: Prontamente vence el Plazo para optar por no ingresar a la carrera docente.
Hasta el 15 de Junio los profesoras y profesoras que no quieran ingresar a la nueva Carrera Profesional Docente podrán manifestar su decisión. A continuación las preguntas más frecuentes respecto a este proceso.

¿Quiénes tienen el derecho a optar por no ingresar a la nueva Carrera Profesional Docente?
Los profesores y profesoras que se encuentren a 10 años o menos de edad legal de jubilación podrán optar por NO ingresar a la nueva Carrera Profesional Docente.

¿Qué plazo tengo para optar a no ingresar?
Hasta el 15 de junio del 2017, podrán manifestar dicha voluntad, completando el formulario ingresando al portal  www.politicanacionaldocente.cl

¿Qué pasa si no opto?
Ingresa a la nueva Carrera Profesional Docente.

¿Qué remuneración tendrá quien opte por no ingresar a la carrera profesional docente?
Mantendrá su última remuneración  mensual, la que se reajustará en el mismo porcentaje y en la misma oportunidad que las remuneraciones del sector público.
De igual manera, en la plataforma www.politicanacionaldocente.cl se encuentra un simulador de remuneraciones que permite saber según el encasillamiento de cada docente, la remuneración que se puede alcanzar al ingresar a la carrera o no.            De este modo el profesor o profesora obtendrá elementos comparativos que le permitan tomar la mejor decisión.

¿Mantengo en ese caso el derecho al bono de incentivo al retiro?
Si, independiente de la opción que tomen, los docentes podrán optar a la Ley de Incentivo al Retiro, de encontrarse vigente a la fecha de jubilación.

¿Si no ingreso a la carrera profesional docente debo evaluarme?
Si, la obligación de evaluarse es tanto para los que ingresan a la carrera como para los que no.

¿Qué opciones tengo para no evaluarme?
Tiene 2 opciones:
1.    Solicitar la suspensión: en este caso no tiene límite en cuanto a las veces que lo solicite, ya que resuelve el jefe de servicio y debe ser fundada (antecedentes médicos, fuerza mayor, etc.)
2.    Renunciar Anticipadamente: Los docentes que se encuentren a 3 años o menos de obtener la edad legal para jubilar pueden no evaluarse renunciando anticipadamente e irrevocable a la totalidad de las horas en el sistema público, la que se hará efectiva al cumplirse  la edad legal de jubilación por el sólo ministerio de la ley. En este caso tienen derecho a una indemnización con un tope de 11 remuneraciones.

Es muy importante destacar que SI SE EXIME  DE LA EVALUACIÒN DOCENTE ESTAN RENUNCIANDO  A LA OPCION DE OBTENER LA LEY DE INCENTIVO AL RETIRO Y EL BONO POST LABORAL.
Es recomendable, por lo tanto, solicitar la postergación de la evaluación docente al alcalde, jefe o director del establecimiento en que se desempeña para así no eximirse y perder la opción de postular a la Ley de incentivo al Retiro."

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