"Atención profesores y profesoras:
Prontamente vence el Plazo para optar por no ingresar a la carrera docente.
Hasta el 15 de Junio los
profesoras y profesoras que no quieran ingresar a la nueva Carrera Profesional
Docente podrán manifestar su decisión. A continuación las preguntas más
frecuentes respecto a este proceso.
¿Quiénes tienen el derecho a optar por no ingresar a la nueva Carrera Profesional Docente?
Los profesores y profesoras
que se encuentren a 10 años o menos de edad legal de jubilación podrán optar
por NO ingresar a la nueva Carrera Profesional Docente.
¿Qué plazo tengo para optar a no ingresar?
Hasta el 15 de
junio del 2017, podrán manifestar dicha voluntad, completando el
formulario ingresando al portal www.politicanacionaldocente.cl
¿Qué pasa si no opto?
Ingresa a la nueva
Carrera Profesional Docente.
¿Qué remuneración tendrá quien opte por no ingresar a la carrera profesional docente?
Mantendrá su última
remuneración mensual, la que se reajustará en el mismo porcentaje y
en la misma oportunidad que las remuneraciones del sector público.
De igual manera, en la
plataforma www.politicanacionaldocente.cl se encuentra un simulador de remuneraciones que
permite saber según el encasillamiento de cada docente, la remuneración que se
puede alcanzar al ingresar a la carrera o no. De
este modo el profesor o profesora obtendrá elementos comparativos que le
permitan tomar la mejor decisión.
¿Mantengo en ese caso el derecho al bono de incentivo al retiro?
Si, independiente de la opción que tomen, los docentes
podrán optar a la Ley de Incentivo
al Retiro, de encontrarse vigente a la fecha de jubilación.
¿Si no ingreso a la carrera profesional docente debo evaluarme?
Si, la obligación de
evaluarse es tanto para los que ingresan a la carrera como para los que no.
¿Qué opciones tengo para no evaluarme?
Tiene 2 opciones:
1. Solicitar la
suspensión: en este caso no tiene límite en cuanto a las veces que lo solicite,
ya que resuelve el jefe de servicio y debe ser fundada (antecedentes médicos,
fuerza mayor, etc.)
2. Renunciar
Anticipadamente: Los docentes que se encuentren a 3 años o menos de obtener la
edad legal para jubilar pueden no evaluarse renunciando anticipadamente e
irrevocable a la totalidad de las horas en el sistema público, la que se hará
efectiva al cumplirse la edad legal de jubilación por el sólo
ministerio de la ley. En este caso tienen derecho a una indemnización con un
tope de 11 remuneraciones.
Es muy importante destacar que SI SE EXIME DE
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